Entre 2 Dos

Genera debates ley que inhabilitaría a violadores sexuales

Camara de Diputado


La Cámara de Diputados aprobó ayer, en primera lectura, un proyecto de ley que crea el régimen de inhabilidades a personas que hayan cometido “infracciones de naturaleza sexual”, para ejercer profesiones que se vinculen con la formación de los menores de edad y personas con condiciones especiales de salud. 

A pesar de que esta iniciativa legislativa tiene alrededor de 10 años en el Congreso Nacional, sin que se lograra un consenso a su favor, esto surge precisamente tan solo varios días después de que familias denunciaran a un pastor de una iglesia evangélica por supuestamente “tocar” y violar menores de edad en los pasillos de la sede religiosa, ubicada en el municipio Los Alcarrizos.

Algunos legisladores consideran necesaria la pronta aprobación y promulgación de esta pieza, para atacar los actos violentos contra las mujeres, niños y niñas de manera integral, utilizando la prevención.

Pero otros miembros de la cámara baja entienden que las prohibiciones impuestas en el proyecto contradicen artículos importantes de la Constitución dominicana, sobre los derechos humanos, ya que serían permanentes.

Causas de inhabilitación

Actos sexuales violentos, acceso carnal abusivo, actos sexuales, inducción a la prostitución, trata de personas, estímulo a la prostitución de menores, demanda de explotación sexual comercial de persona, pornografía y turismo sexual, todos relacionados con hechos en que sean afectados infantes y adolescentes, son algunos de los delitos que fijaría esta ley para imponer la exclusión social y laboral.

Otras profesiones

Además de quienes cometan los delitos mencionados, señala que los educadores con ausencia de “pleno goce” de sus facultades mentales, partiendo de un dictamen de un médico psiquiatra calificado, también serán privados de su libertad laboral.

Al igual que las personas que “habitualmente” ingieran bebidas alcohólicas o consuman drogas o sustancias no autorizadas y les produzcan trastornos graves en su conducta.

Protección de derechos

Según establece el artículo tres del documento, “la inhabilidad de la que trata esta norma” es de carácter permanente y busca la protección del principio constitucional en virtud del interés superior del niño, niña y adolescente.

Sin avances

El diputado Alexis Jiménez valoró como positivo esta proyecto de ley, teniendo en cuenta “que está bien orientado”. No obstante, consideró que debe ser “armonizado” de una mejor manera, apegado a lo dictado por la Carta Magna del país.

Es por esto que, durante un turno previo en el hemiciclo, Jiménez, representante de Santo Domingo, destacó el artículo 42 de la Constitución, el cual establece que ninguna persona puede ser sometida a penas vejatorias que impliquen la pérdida de su salud, integridad física o psíquica.

“Estoy de acuerdo con la ley de manera personal, pero no estamos en Estados Unidos, que existe la pena de muerte. Recomendamos que vuelva a comisión para que algunos de estos aportes puedan hacer que esta ley esté cónsona con nuestra Carta Magna”, dijo el dirigente del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Mientras la diputada Soraya Suárez lamentó que algunos legisladores prioricen el daño que esto produciría al condenado por violación, luego de cumplir su pena, cuando a su juicio el enfoque y la mayor preocupación debería ser el “daño imborrable” que dejan estos actos en el desarrollo de la vida de los afectados.

“Escuchar algunos colegas decir que debe tener un límite de tiempo una sanción que trata de violación a quienes no pueden ni defenderse (menores de edad) duele en el alma porque el daño que produce la violación es de por vida. El daño que produce una violación a un niño no se borra, se trata para que puedan vivir...”, deploró Suárez.

Al debate se unieron otros congresistas que respaldaron la posición argumentada por Suárez, quien es represéntate de Santiago por el PRM.